La investigación sobre Begoña Gómez ha entrado en una nueva fase. El juez Peinado, siguiendo órdenes de la Audiencia Provincial, ha tomado una decisión controvertida. Tras esta maniobra procesal se esconde algo más profundo que un simple tecnicismo: un paso hacia la transparencia o una maniobra para deslindar responsabilidades en un caso que podría sacudir las bases políticas del gobierno. ¿Qué nueva información saldrá a la luz? ¿Y cuánta presión se ejercerá sobre la jueza? El silencio en Moncloa y la zozobra en el entorno judicial aumentan el misterio.

El juez Peinado acata la orden de la Audiencia Provincial e introduce en una sola pieza la causa contra Begoña Gómez.

Todos los imputados en la causa se enfrentarán a un jurado popular.

Juan Carlos Peinado, juez del “Caso Begoña”.

El juez Juan Carlos Peinado ha acordado acumular toda la causa que dirige contra la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, en una sola pieza, tal y como le ordenó el pasado 3 de octubre la Audiencia Provincial de Madrid tras darle la razón a la defensa.

Así consta en un auto, que el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid ha dictado para unir la pieza principal -en la que investiga presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida de marca e intrusismo- y la pieza adicional -relativa a presuntos delitos de malversación de caudales públicos-.

La resolución por la que Peinado acumula todo el ‘caso Begoña Gómez’ en una sola pieza llega después de que el juez instructor informara a todos los investigados -Gómez, Cristina Álvarez, su asesora en Moncloa, el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín Aguirre; y el empresario Juan Carlos Barrabés- de que, si el caso llega a juicio, serán juzgados por un jurado popular.

Cabe recordar que el juez abrió la causa envuelto en polémica en abril de 2024, a raíz de una denuncia presentada por el sindicato Manos Limpias en la que se acusaba a Gómez de haber utilizado su condición de esposa del Presidente del Gobierno para recomendar a empresarios, como el investigado Juan Carlos Barrabés, que se presentaran a licitaciones públicas.

Por tales cuestiones, el juez Peinado imputó a Gómez presuntos delitos de corrupción en los negocios y tráfico de influencias.

Es por este último delito que el juez instructor entiende que todo el caso debe ser juzgado por un jurado popular, debido a que está incluido en la lista de delitos que son competencia exclusiva del tribunal del jurado popular y arrastra al resto a ser juzgados bajo la misma fórmula.

Tras abrir la pieza principal, el juez fue abriendo nuevas ramas de investigación a consecuencia de otra querella presentada por Vox alegando presuntas irregularidades en el registro del ‘software’ de una cátedra de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) que codirigía Gómez.

En este punto, el instructor imputó a la esposa de Pedro Sánchez los presuntos delitos de apropiación indebida de marca e intrusismo.

Posteriormente, Peinado abrió la pieza separada a raíz de otra querella de Vox con la intención de investigar si se produjo un desvío de dinero público en la designación de Cristina Álvarez como asesora de Moncloa y si ésta ha desempeñado funciones privadas para Gómez en el marco de sus labores en la Complutense.

La Audiencia Provincial de Madrid rechazó la decisión de Peinado de abrir dicha pieza separada el pasado marzo; no obstante, avaló que el instructor siguiese adelante con esta línea de investigación dentro de la pieza principal.

“Una pieza adicional sin suficiente motivación”.

El órgano superior señaló que la decisión del juez de abrir dicha pieza fue “prematura e inmotivada desde el punto de vista fáctico, normativo y procedimental”.

“Si bien pudiera afirmarse que se trata de una mera decisión de acomodación procedimental sin mayor trascendencia e impuesta legalmente, al comprobar que el delito investigado corresponde ser tramitado conforme a la Ley del Tribunal Jurado, sin embargo, la decisión sí tiene relevancia dada la complejidad de los diversos hechos investigados”, apuntó.

La Audiencia de Madrid incidió en que la resolución dictada por Peinado no contenía “una descripción mínima o sucinta de los hechos que deben conformar la pieza separada y los investigados concernidos”.

“No establece un mínimo análisis de la consistencia indiciaria y viabilidad jurídica de la imputación delictiva, ni incluye tampoco las razones por la que el juez considera que es factible el enjuiciamiento por separado con el resto de conductas sin poner en riesgo la continencia de la causa”, agregó.

Además, el órgano explicó que en este caso están relacionados el presunto tráfico de influencias y la supuesta malversación que habrían cometido Gómez y Álvarez, por lo que entendía que lo pertinente era que se investigasen ambas conductas en la misma pieza principal, sin necesidad de una pieza separada.

“Ambos comportamientos están íntimamente entrelazados, en tanto que la intervención habitual de quien era directora de programas de Presidencia de Gobierno era supuestamente utilizada como un elemento más de influenciabilidad subjetiva en el delito de tráfico de influencias”, remarcó.

Por ello, insistió en que el hecho de que “la prueba de ambos supuestos delitos está intrínsecamente unida”, imposibilitaba la formación de piezas separadas sin que el juez instructor haya “aportado razonamiento divergente que pueda alterar esa decisión”.

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